Vienen los desalojos! Qué debemos hacer?
REDACCION.- A pocos días de que los fondos estatales y federales terminen para ayudar a las familias con sus arriendos, las comunidades podrían enfrentar una crisis por los posibles desalojos que se avecinan.
En el Condado Dane, el Tenant Resource Center (Centro de Recursos para Inquilinos) fue el encargado de distribuir los 10 millones de dólares a 7.300 personas de las cuales el 43% fueron destinados a la comunidad latina.
En una entrevista con Niko Magallon, consejero bilingüe, y Chrisbelly Antimo, especialista en recursos, mostraron los pasos de un desalojo y lo que deben conocer los inquilinos sobre sus derechos.
“Los inquilinos deben enviar la declaración de elegibilidad para moratoria de desalojo de la CDC antes del 5 de diciembre si saben que no podrán pagar su renta” dijo Magallon. De no hacerlo, los inquilinos no podrían ganar tiempo ante un posible juicio de desalojo. Aquellos que llenen la forma recibirán 2 documentos vía emails lo cuales podrán reenviar al dueño de la propiedad.
El desalojo es el proceso legal que el propietario debe completar antes de poder sacar a alguien de su propiedad. En Wisconsin, sólo las cortes pueden ordenar un desalojo. Si el juez falla a favor del propietario solo el departamento del alguacil o sheriff puede sacar o supervisar la expulsión de un inquilino.
La norma expedida por el gobierno estatal (Safer at Home) y federal (CARES) y las recomendaciones actuales de la CDC, permitía que los inquilinos pudieran extender su tiempo de estadía en los lugares de vivienda sin riesgo a un desalojo. La norma vence este 31 de diciembre.
La National Low Income Housing Coalition y NHLP (National Housing Law Project) publicaron esta lista de preguntas y respuesta el pasado 9/11/2020 que todavía se mantienen vigentes:
¿CÓMO SÉ SI ESTOY CUBIERTO POR LA MORATORIA?
Para ser elegibles, los arrendatarios deben cumplir los siguientes requisitos:
- Usted ha realizado sus “mejores esfuerzos” para obtener ayuda para el alquiler de parte del gobierno;
- No espera ganar más de $99,000 en 2020 (o $198,000 si está casado y ha presentado una declaración de impuestos conjunta), o no tuvo que declarar sus ingresos al gobierno federal en 2019, o ha recibido un Pago por Impacto Económico este año;
- Ha estado experimentando una pérdida “sustancial” de ingresos familiares debido a un despido o a la reducción de horas de trabajo, o tiene gastos médicos “extraordinarios” de su bolsillo (definidos como un gasto médico no reembolsado que excede el 7.5% de su ingreso bruto ajustado para el año);
- Ha estado realizando su mejor esfuerzo para hacer pagos parciales de alquiler lo más cercanos posible a la cantidad total adeudada; y
- Ser desalojado le dejaría sin hogar o tendría que mudarse con un amigo o un familiar (vivienda compartida).
¿QUÉ MEDIDAS DEBO TOMAR PARA ESTAR PROTEGIDO POR LA MORATORIA SOBRE EL DESALOJO?
Si cumple con todas las condiciones recién enumeradas, debe enviar una declaración firmada a su arrendador o propietario. Hay una copia de la declaración al final de la orden de los CDC, y hemos proporcionado una versión simplificada al final de este documento.
La coalición NLIHC y el proyecto NHLP también recomiendan a los inquilinos que envíen la declaración a sus arrendadores por correo certificado, lo que les proporcionará un recibo oficial para demostrar que la declaración fue enviada por correo y requerirá una firma del destinatario para demostrar que la declaración fue entregada. El envío de la declaración por correo electrónico también proporciona evidencia de que usted presentó la declaración. También debe hacer una copia de la declaración para conservarla en sus archivos.
¿NECESITO PRESENTAR COMPROBANTES DE DIFICULTADES FINANCIERAS, DE “MEJORES ESFUERZOS” PARA OBTENER ASISTENCIA O DE OTROS CRITERIOS PARA LA COBERTURA?
La orden de los CDC no requiere que usted proporcione ningún comprobante con la declaración. Sin embargo, es conveniente que tenga documentos a la mano en caso de que el arrendador o propietario intente impugnar la declaración.
¿NECESITO PROBAR QUE MIS DIFICULTADES FINANCIERAS ESTÁN RELACIONADAS CON EL COVID-19?
No. La orden de los CDC no requiere que las dificultades financieras de un arrendatario estén relacionadas con el COVID.
SI TENGO COMPAÑEROS DE CUARTO, ¿TENEMOS QUE LLENAR UNA DECLARACIÓN CADA UNO?
Sí. La orden de los CDC especifica que cada adulto en el contrato de arrendamiento debe firmar y enviar su propia declaración.
¿QUÉ PASA SI MI ARRENDADOR IGNORA LA DECLARACIÓN Y SIGUE ADELANTE CON EL DESALOJO?
Llame a su oficina local de ayuda jurídica, asociación de inquilinos o colegio de abogados local para que le ayuden.
- Encuentre oficinas locales de ayuda jurídica en: https://bit.ly/2xNyL6M
- Encuentre asociaciones de inquilinos de la zona en: https://bit.ly/2WJb5Kk
- Encuentre colegios de abogados locales en: https://bit.ly/2KnFOpt
Los arrendadores que violen la orden de los CDC pueden ser multados con hasta $100,000, enfrentar hasta un año de cárcel, o ambas cosas si la persona desalojada contrae el coronavirus como resultado del desalojo. Si un inquilino desalojado muere de coronavirus, el arrendador podría ser multado con hasta $250,000, enfrentar hasta un año de cárcel, o ambas cosas.
¿QUÉ PASA SI ESTOY EN PROCESO DE SER DESALOJADO?
Dado que la orden bloquea todas las fases del proceso de desalojo, los inquilinos elegibles que estén en proceso de ser desalojados deben proporcionar rápidamente a su arrendador una declaración firmada para detener el desalojo.
¿QUÉ PASA SI MI ESTADO YA TIENE UNA MORATORIA SOBRE EL DESALOJO EN VIGOR?
Las disposiciones más estrictas de la ordenanza estatal deberían seguir en vigor junto con la orden de los CDC, pero la orden de los CDC no explica completamente este asunto.
¿DEBO SEGUIR PAGANDO EL ALQUILER?
Sí. Si puede hacerlo, debe seguir pagando la mayor cantidad posible de su alquiler para seguir
cumpliendo con los requisitos de la moratoria. La declaración también requiere que usted acepte que hará pagos parciales al arrendador en la medida en que sus circunstancias lo permitan. Todos los alquileres atrasados se deberán pagar una vez que la moratoria expire el 31 de diciembre de 2020.
¿LA MORATORIA INCLUYE DINERO PARA AYUDARME A PAGAR EL ALQUILER?
No. Al no brindar ayuda para el alquiler, la moratoria no evita los desalojos, únicamente los retrasa. El Congreso y la Casa Blanca deben volver a trabajar en la negociación y promulgación de un proyecto de ley de alivio ante el coronavirus con al menos $100,000 millones en ayuda de emergencia para el alquiler.
En conjunto con una moratoria nacional sobre el desalojo, esta ayuda mantendría a los arrendatarios alojados de manera estable durante toda la duración de la pandemia y más adelante.
¿PUEDO SER DESALOJADO CUANDO LA MORATORIA EXPIRE?
Sí, aunque en este momento no está claro si la orden de los CDC anularía las protecciones otorgadas a los arrendatarios bajo las leyes estatales o locales.